Si la corrupción administrativa, que no es otra cosa que el manejo doloso de los dineros públicos, socava como en efecto ocurre, la legitimidad de las instituciones públicas, y así lo señala expresamente el primer CONSIDERANDO de la Convención Interamericana Contra la Corrupción ; si esta práctica malévola causa tanto daño a los patrimonios de nuestras naciones y atenta contra la sociedad misma; si muchos funcionarios ayer y hoy han ocupado cargos, siendo que sus vidas no han estado precisamente libres de procesos criminales y de estafas al Fisco, debe asumirse con firmeza y suficiente voluntad política y sentido de patria en el seno de la Asamblea Nacional , la inmensa, decidida y necesaria tarea de afrontar las averiguaciones orientadas a esclarecer los hechos denunciados sobre el indebido el manejo de los recursos en cualquier organismo o empresa público.
Verbigracia: la principal empresa venezolana, la estatal PDVSA, teta importante que surte de alimento presupuestario a la Nación , que proporciona ingentes recursos económicos generados por la renta petrolera y que deberían servir para el desarrollo del país, debemos cuidarla con la diligencia de un buen padre de familia.
El orden moral y la justicia, el desarrollo de los pueblos, y la democracia misma que debe sustentar la estabilidad política y la gobernabilidad del país, exigen la participación de todos en la cruzada que significa combatir toda forma de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas.
De un lado, los órganos de gobierno y las instituciones del Estado ejerciendo las funciones y competencias que tienen asignadas por el ordenamiento jurídico que rige en la República , y los ciudadanos todos cumpliendo con su responsabilidad en el control social de la función pública, pues no olvidemos que el funcionario público es responsable de sus actos, y el ejercicio de la función para la cual aquél fue elegido o designado está sujeto, no solo a la obligación de rendir cuentas, sino también al escrutinio público.
El debido cumplimiento de estas responsabilidades, y en ejercicio de la democracia participativa y protagónica que propugna la Carta Fundamental , que obliga a Estado y Sociedad a combatir la corrupción, fortalece las instituciones democráticas, evita distorsiones de la economía, propende a la eliminación de vicios en la gestión pública e impide el deterioro de la moral social. Se trata, entonces, de la importancia de generar conciencia entre la población de nuestros países sobre la existencia y gravedad de este problema y de la necesidad de fortalecer la participación de la sociedad civil en la prevención y lucha contra la corrupción. No es fácil, pues la corrupción tiene muchos rostros, y muchas veces alcanza el nivel de metástasis, y para combatirla es responsabilidad del Estado la erradicación de la impunidad.
Por otra parte, la cooperación entre las naciones, y entre éstas y sus respectivas sociedades civiles organizadas será siempre necesaria para que su acción en esta cruzada sea efectiva. Nunca serán suficientes los esfuerzos para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de la función pública y en los actos dolosos que la afectan.
Desde luego, no aplaudimos medidas arbitrarias de ningún gobierno extranjero ni sanciones ni amenazas fuera del ordenamiento jurídico internacional, particularmente en lo que atañe a los convenios y/o acuerdos firmados por la República. Pactum sunt Servanda, o los pactos se hicieron para cumplirse.
Si la estatal petrolera considera que las sanciones anunciadas no son procedentes ni viables en modo alguno, y en consecuencia no se le puede compeler a cumplir ninguna obligación que no esté suficientemente comprobada, recurrirá –seguramente- al equipo de abogados que sabrá actuar en estos casos. Lo demás es un nacionalismo exacerbado que raya en patrioterismo vulgar y silvestre, ridículo y chapucero.
Atañe a todos la responsabilidad y la ardua tarea de adecentar la administración de los fondos públicos, de limpiar de malechores a la Administración Pública , de denunciar a través de los mecanismos previstos en la Ley los hechos reñidos con la moral y la decencia que debe comportar el ejercicio de cualquier cargo público, y en fin, cooperar en la adopción de medidas y acciones tendentes a combatir el flagelo de la corrupción.
Jesús Peñalver
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