En el día de los inocentes del año anterior había hecho el
anuncio, había desembuchado la amenaza contra RCTV, mejor dicho. Para entonces
no había indultado ni sobreseído a nadie en ocho largos, tortuosos y
desgraciados años de su mandato dado en mala hora. De modo que cómo pude pensar
yo que el desquiciado milico golpista podía estar bromeando con tan álgido
asunto: Cerrar a RCTV, usando el eufemismo de “no renovación de la concesión”.
A quienes nacimos, crecimos y aspiramos seguir viviendo en
Venezuela bajo un régimen de libertades públicas, consustanciales con la
Democracia, también nos tocó disfrutar y criticar la programación televisiva de
RCTV.
Así las cosas, el
anuncio –mejor amenaza- de la “no renovación de la concesión de uso del
espectro radioeléctrico a Radio Caracas Televisión”, que no fue otra cosa que
una medida arbitraria, de retaliación política, que echó a la calle a más de
tres mil trabajadores, constituyó al propio tiempo una decisión contraria a los
valores de libertad de expresión, de la libertad y difusión del pensamiento, de
la libre empresa, de la pluralidad de opiniones que son inmanentes y
connaturales al sistema democrático.
En cuanto a los trabajadores que padecieron la medida, el
gobierno asomó la posibilidad que RCTV los empleara en algunas de las empresas
del grupo propietario del Canal que se cerraría, o sea, el poseso se atrevió a
dar o sugerir soluciones.
Por más que se quiera dar sustento constitucional a esa
decisión, argumentando “pertinencia” o “discrecionalidad” y pretendiendo
colocarla a juro dentro del Estado de Derecho, no hay duda de que la misma
obedeció al interés del gobierno –aun subsistente- de continuar arreciando su
control sobre la sociedad, incluyendo desde luego a los medios de comunicación
que les resultan ser como piedras en el zapato, por pensar distinto o por
ejercer una labor crítica.
Venezuela, como Estado que forma parte del concierto de
naciones, no solo se rige por un ordenamiento jurídico interno, sino que ha
suscrito una serie de tratados Internacionales que son ley en la República,
atinentes a distintas materias, incluyendo la política que conlleva el
obligatorio respeto a los derechos humanos.
La referida medida contra RCTV, la que cerró 37 o más
emisoras de radio, la espada entonces sobre Globovisión, hoy cuestionado canal
por las supuestas implicaciones de sus dueños en asuntos irregulares, canal
este que hoy refleja otra labor, y un largo etcétera, atenta contra el
ejercicio de la libertad de expresión, lo que de suyo es incompatible con
compromisos internacionales asumidos por Venezuela, y, como se ha dicho, con la
democracia misma.
El Presidente de la República no tenía ni tiene facultades
constitucionales que le permitan coartar el pleno ejercicio de los derechos de
la ciudadanía. Como señalan diversos tratadistas de Derecho Público y
Constitucional, las libertades públicas son un límite al ejercicio del poder
del Estado, y no una concesión graciosa de los gobernantes, que éstos puedan
administrar a discreción.
Ha sido pacífica la jurisprudencia de Tribunales
Internacionales al tratar las licencias o concesiones del Estado para el uso de
frecuencias por parte de empresas de radio y televisión, en el sentido de que
éstas están sometidas al cumplimiento de procedimientos y normas de cualquier
restricción a la libertad de expresión, dentro del Estado de Derecho vigente en
cada país.
Lo anterior no significa que mediante ese sistema de
licencias el Estado pueda restringir, censurar o en modo alguno coartar el
ejercicio de la libertad de expresión de las empresas licenciatarias o
concesionarias, pues los Estados solo están autorizados a regular las
transmisiones radioeléctricas “en sus aspectos técnicos”.
RCTV recurrió a la vía judicial para atacar la medida,
anunciada y ejecutada, cuando lo que procedía era que el gobierno demostrara
que esa empresa era un medio de comunicación “golpista”. Es decir, ocurrió lo
que se conoce en derecho como la inversión de la carga de la prueba. El
gobierno acusó de golpista y por eso no renovó la concesión; luego, RCTV debía
demostrar en tribunales que no lo era, que no era golpista. Todo un adefesio jurídico.
Bueno, en un país donde la administración de justicia no
está precisamente en sus mejores tiempos, y para quienes se preguntan por o
para qué recurrir a sus órganos contra una medida que proviene de las alturas
del poder, donde cinco poderes en teoría, -entonces- eran uno solo en la
práctica, la respuesta no es otra que la conveniencia y necesidad de dejar
constancia, registro o señales para la historia.
En Democracia, el estricto respeto a la libertad de
expresión sí es un deber incontrovertible del Estado, y conveniente es el
funcionamiento de medios de comunicación independientes como reflejo del
carácter plural de la sociedad.
Procuremos entender la democracia como la rectitud de
conciencia como base del sistema, la honestidad como norma permanente, la
pulcritud en las ideas y en las formas de comportamiento.
Conscientes de la democracia, los pueblos deben saber
ejercerla y defenderla y sostenerla y conocer las ventajas de ella sobre otros
sistemas de gobierno.
Por cierto, no hay democracia sin partidos políticos. Tampoco
sin prensa libre en todos los sentidos. Los periodistas no deben levantar
cercas gremiales a su profesión; que cualquiera pueda editar periódicos y optar
por concesiones para manejar medios de comunicación. Los dueños de éstos no deben
controlar las opiniones de quienes trabajen en sus espacios.
Ni censura oficial ni censura capitalista.
Resulta insoportable que los gobiernos controlen la prensa y
los medios de comunicación en general. De allí la conveniencia de que haya
libertad irrestricta para los medios.
Jesús Peñalver